El Ministerio aprobó la extensión y ampliación de ayudas a los trabajadores autónomos hasta el 31 de enero de 2021.
¿Cuáles son los principales aspectos a saber acerca de la misma?
La prestación será prorrogada siempre que en el cuarto trimestre de 2020 se hayan cumplido los requisitos exigidos a la hora de su aprobación, principalemente la acreditación de una reducción en su facturación durante el periodo, almenos de un 75% en relación al año anterior.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Acreditar la disminución de la facturación respecto al mismo trimestre del año anterior, seguir afiliado en el Régimen de Autónomos, haber cotizado por cese de actividad mínimo durante los últimos 12 meses consecutivos, no haberse jubilados y estar el corriente de pago con la Seguridad Social.
Para solicitarla es necesario a través de mutua colaboradora con Seguridad Social. Las solicitudes realizadas entre 1-15 de octubre de 2020 tendrán efecto desde el mismo día 1 de octubre y a lo largo de 4 meses. Todas las solicitudes posteriores, se percibirán desde el día siguiente a la fecha de presentación, nunca pasado el 31 de enero de 2021.
Se recomienda la Ayuda a los trabajadores que tienen durante el último trimestre de 2020 unos ingresos que no superan el salario mínimo interprofesional (1108 € mensuales) y tengan previsión de reducir sus ingresos en el mismo trimestre un 50% con relación al primero del mismo año.
¿Dónde la solicito? ¿Cuándo?
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